Un seguro de cumplimiento es una garantĆa que busca asegurar que se cumpla lo ordenado por un juez fundamentado en una norma de procedimiento.
Judiciales
La finalidad de Ć©sta garantĆa ordenada por quienes administran justicia en el transcurso de un proceso o de una diligencia judicial, es proteger a la contraparte o a terceros, respecto de los perjuicios que puedan surgir con la aplicaciĆ³n de una medida judicial y garantizar el cumplimiento de lo dispuesto por el juez con fundamento de ley.
Opciones de pĆ³liza:
- PĆ³liza de cumplimiento particular.
- PĆ³liza de cumplimiento entidades estatales.
- Seguro RCE derivada de cumplimiento.
- PĆ³liza de disposiciones legales.Ā
PĆ³liza de seguro de cumplimiento sector privado
Amparar al asegurado, contra los perjuicios directos derivados del incumplimiento imputable al contratista, de las obligaciones emanadas del contrato garantizado.
Coberturas
- Seriedad de oferta.
- Manejo de anticipo.
- Cumplimiento del contrato.
- Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones.
- Calidad del servicio.
Beneficios
- Estas pĆ³lizas garantizan el cumplimiento de obligaciones emanadas del contrato garantizado.
Cumplimiento pĆ³liza judicial
Es una garantĆa ordenada por las entidades que administran justicia, en el curso de un proceso o diligencia judicial, para asegurar que se cumpla lo dispuesto por el juez con fundamento en una norma de procedimiento judicial.
Amparo bƔsico:
Garantiza al ASEGURADO ā BENEFICIARIO contra los perjuicios derivados del incumplimiento imputable al TOMADOR ā GARANTIZADO, ocurrido durante la vigencia del seguro, de las obligaciones derivadas de disposiciĆ³n legal, administrativa o judicial con fundamento en una norma de procedimiento judicial, de acuerdo con los tĆ©rminos establecidos en la carĆ”tula de la pĆ³liza y dentro del proceso judicial objeto del contrato de seguro.